Iniciar la prestación del servicio, siempre que existan plazas vacantes, en un plazo no superior a un mes desde la notificación de la Resolución de la concesión y aceptación del mismo, salvo que lo impidan causas ajenas al Centro.
Elaborar un programa de atención individual para el 85% de las personas usuarias dentro de los 10 primeros días hábiles desde su ingreso y para el 15% restante dentro de los 20 primeros días.
Revisar el Programa de Atención Individual de las personas usuarias como mínimo semestralmente y ante cambios significativos en su evolución.
Integrar al 100% de las personas usuarias, excluidas las estancias temporales, en el sistema autonómico de salud para la prestación de servicios no contemplados en el propio centro.
Contestar las quejas y sugerencias presentadas que no requieran conocimiento o participación de otra Unidad de la Administración, en el plazo de 10 días hábiles desde su recepción.
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